En caso que el deudor así lo decida, podrá aportar un aval o bien, un tercero, distinto al fiador que, a través de un documento escrito haga constar que garantizará el pago de la deuda en caso de falta de pago del deudor. De aportarse la documentación de respaldo pertinente, el crédito será otorgado 48 horas, para lo cual, el Acreedor realizará las gestiones administrativas correspondientes para validar dicha solicitud. Estas gestiones administrativas podrían generar costos adicionales para el CLIENTE, los cuales serían adicionales y bajo ningún supuesto podrá considerarse que forman parte de la tasa de interés indicada en la Carátula.